Dinero - Familia. Herencia: ¿Se cancelan las deudas entre los herederos y el fallecido?

Cuando surgen deudas entre una persona fallecida y sus herederos, el proceso sucesorio existe para liquidarlas.
En el momento de la sucesión, se evalúan los bienes del difunto que se transmitirán a los herederos y legatarios, así como las deudas.
Los que existían antes de la muerte constituyen un pasivo deducible de los activos del patrimonio; algunos, que surgen con posterioridad, como los gastos médicos y funerarios, también pueden deducirse.
¿Pero qué pasa con las deudas contraídas entre el difunto y sus herederos?

La deuda se extingue porque uno no puede ser a la vez acreedor y deudor de sí mismo. Foto: Adobe Stock
Si el fallecido contrajo una deuda con uno o más herederos, esta no desaparece de la herencia. El o los herederos también se convierten en acreedores de la herencia.
El pago de la deuda se prevé, por tanto, con cargo a los bienes de la herencia antes de la división de los bienes. Sin embargo, la deuda debe constar en escritura pública o en escritura privada registrada.
De lo contrario, las autoridades fiscales podrían considerarlo ficticio y no poder comunicarlo al patrimonio.
Puede darse el caso de que el heredero sea el único. En ese caso, la deuda se extingue, ya que no se puede ser a la vez acreedor y deudor de sí mismo.

Un préstamo prestado incluso hace 20 años tendrá que devolverse con la misma cantidad. Foto: Adobe Stock
Si, como heredero, tenía una deuda con el difunto, ya no está obligado a pagarla. Sin embargo, el notario deducirá el importe de su parte de la herencia como parte de la liquidación de la herencia.
Si el importe es superior a su parte, deberá pagar la diferencia a la herencia. Tenga en cuenta que, en principio, y salvo que se indique expresamente en el contrato de préstamo, el importe prestado no se revaloriza.
En otras palabras, una cantidad prestada incluso hace 20 años tendrá que ser devuelta en la misma cantidad, sin tener en cuenta la inflación.
Le Progres